Panamá - Ley de Igualdad
Ley No 4 de la Asamblea Legislativa por la cual se Constituye la Igualdad de Oportunidades para las Mujeres
Ley No 4 de la Asamblea Legislativa por la cual se Constituye la Igualdad de Oportunidades para las Mujeres
Busca promover la igualdad y equidad en el goce de los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales entre mujeres y hombres. Describe las políticas del Estado para la promoción y garantía de la igualdad en el ámbito político, económico, social, cultural, y el medio ambiente. Establece los mecanismos de aplicación y seguimiento. Crea el Consejo Nacional por la Igualdad y establece las competencias de cada organismo interviniente.
La Constitución Política de la República de Guatemala reconoce que todos los seres humanos son libres e iguales en dignidad y derechos; valores cuya realización efectiva se ve obstaculizada por las particulares condiciones que enfrentan las mujeres guatemaltecas en lo relativo a salud, educación, vivienda, trabajo, así como en forma general, por las limitaciones que en la vida cotidiana se presentan, para su plena participación económica, política, social y cultural.
Instituto Nacional de la Mujer (INAM) - Compendio de Leyes Sobre Derechos de la Mujer
Por medio de la presente Ley, la República de El Salvador ratifica su compromiso con la plena aplicación del Principio Constitucional de Igualdad de las personas y el cumplimiento de las obligaciones derivadas en este principio aplicables a la legislación nacional y a la acción efectiva de las Instituciones del Estado.
De conformidad con la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, CEDAW, esta ley prohíbe la discriminación, de derecho o de hecho, directa o indirecta, contra las mujeres.
Ley No. 7142 del 8 de marzo de 1990
La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo:
Convocada en Ginebra por el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo, y congregada en dicha ciudad el 30 de mayo de 2000 en su octogésima octava reunión;
La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo:
Convocada en Ginebra por el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo, y congregada en dicha ciudad el 3
junio 1981 en su sexagésima séptima reunión;
La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo:
Convocada en Ginebra por el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo, y congregada en dicha ciudad el 6 junio 1951 en su trigésima cuarta reunión;
Adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión, por la Asamblea General en su resolución 34/180, de 18 de diciembre de 1979.
Entrada en vigor: 3 de septiembre de 1981, de conformidad con el artículo 27.